Es el órgano máximo de gobierno y autoridad de la Organización. Está conformada por los Ministros de Energía o quien haga sus veces en cada País Miembro.
Tiene como función principal, formular la política de la Organización de acuerdo con los objetivos previstos en el Convenio de Lima. Sus responsabilidades incluyen la aprobación de los planes de trabajo, presupuestos, informes de actividades, balances y estados financieros así como proyectos de reformas normativas y reglamentarias de la Organización.
Tiene a su cargo la elección de los Estados Miembros del Comité Directivo y el nombramiento de su Presidente, Vicepresidente y Relator.
Nombra y remueve al Secretario Ejecutivo. Conoce, aprueba o niega, previo informe del Secretario Ejecutivo, el ingreso de nuevos miembros a la Organización, el reingreso de antiguos miembros y la calidad de País Participante.
Dir. Av Mariscal Antonio José de Sucre N 58-63 y Fernández Salvador Edif. OLADE - Sector San Carlos.
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